EL REQUERIMIENTO
Para comprender la entidad e importancia del Requerimiento, documento
cuya transcripción damos a continuación, es conveniente analizar el contexto
histórico en el que se gestó y la problemática a la que intentó dar respuesta.
En 1511 los dominicos residentes
en La Española hicieron estallar lo polémica sobre la justicia de la conquista
de América, al cuestionar el modo en que los aborígenes eran tratados por los
españoles. (cf. Sermón de Antonio de Montesinos)
Tan fuertes fueron en la península las resonancias de esta polémica, que
incluso se pensó suspender la magna expedición, que con apoyo de la Corona,
debía dirigir Pedrarias de Ávila en 1513 con destino a Tierra Firme.
Grandes tratadistas como Matías
de Paz y también simples expedicionarios como Martín Fernández de
Enciso comenzaron a discutir sobre la licitud o ilicitud de la conquista.
Incluso el mundano rey Fernando el Católico sintió la necesidad de que se
aclarasen las condiciones de justicia en que debía fundarse la conquista.
El Requerimiento fue la
primera respuesta oficial de la Corona a esta cuestión. Su redacción fue
encargada a un oficial de la misma corona, con toda probabilidad su autor fue
el jurista y consejero real Juan López de Palacios Rubios, quien en situaciones
semejantes se había encargado de sustentar la justicia de las empresas reales.
La concepción que subyace a la
argumentación del Requerimiento es la forma más extrema de la
hierocracia papal, que concebía que toda potestad humana estaba supeditada en
última instancia a la autoridad de Jesucristo, autoridad que el Señor había
delegado a san Pedro y en este a todos sus sucesores, los Romanos Pontífices.
Provisión
que se manda al marqués don Francisco de Pizarro
para
que pudiese continuar las conquistas de las provincias del Perú.
La forma y orden que se ha de
tener en el requerimiento que de parte de su Majestad se ha de hacer a los
Indios Caribes, alzados en la provincia del Perú, es el siguiente:
De parte del Emperador y Rey don
Carlos, y doña Juana, su madre, Reyes de Castilla, de León, de Aragón, de las
dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de
Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de
Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algecira, de Gibraltar, de las islas de
Canaria, de las Indias, islas y tierra firme del mar Océano, Condes de
Barcelona, Señores de Vizcaya y de Molina, Duques de Atenas y Neopatria, Condes
de Ruysellón y de Cerdeña, Marqueses de Oristán y de Gociano, Archiduque de
Austria, Duques de Borgoña y de Bravante, Condes de Flandes y de Tirol, etc.
Domadores de gentes bárbaras.
Sus criados os notificamos y
hacemos saber, como mejor podemos, que Dios nuestro Señor, uno y eterno, creó
el cielo y la tierra, y un hombre y una mujer, de quien nos y vosotros y todos
los hombres del mundo fueron y son descendientes y procreados, y todos los que
después de nosotros vinieran. Mas por la muchedumbre de la generación que de
estos ha salido desde [hace] cinco mil y hasta más años que el mundo fue
creado, fue necesario que los unos hombres fuesen por una parte y otros por
otra, y se dividiesen por muchos Reinos y provincias, que en una sola no se
podían sostener y conservar.
De todas estas gentes Dios
nuestro Señor dio cargo a uno, que fue llamado S. Pedro, para que de todos los
hombres del mundo fuese señor y superior a quien todos obedeciesen, y fue
cabeza de todo el linaje humano, dondequiera que los hombres viniesen en
cualquier ley, secta o creencia; y dióle todo el mundo por su Reino y jurisdicción,
y como quiera que él mandó poner su silla en Roma, como en lugar más aparejado
para regir el mundo, y juzgar y gobernar a todas las gentes, cristianos, moros,
judíos, gentiles o de cualquier otra secta o creencia que fueren. A este
llamaron Papa, porque quiere decir, admirable, padre mayor y gobernador de
todos los hombres.
A este San Pedro obedecieron y
tomaron por señor, Rey y superior del universo los que en aquel tiempo vivían, y así mismo han tenido a todos los otros que después de
él fueron elegidos al pontificado, y así se ha continuado hasta ahora, y
continuará hasta que el mundo se acabe.
Uno de los Pontífices pasados que
en lugar de éste sucedió en aquella dignidad y silla que he dicho, como señor
del mundo hizo donación de estas islas y tierra firme del mar Océano a los
dichos Rey y Reina y sus sucesores en estos Reinos, con todo lo que en ella
hay, según se contiene en ciertas escrituras que sobre ello pasaron, según se
ha dicho, que podréis ver si quisieseis. Así que sus Majestades son Reyes y
señores de estas islas y tierra firme por virtud de la dicha donación; y como a
tales Reyes y señores algunas islas más y casi todas a quien esto ha sido
notificado, han recibido a sus Majestades, y los han obedecido y servido y
sirven como súbditos lo deben hacer, y con buena voluntad y sin ninguna
resistencia y luego sin dilación, como fueron informados de los susodichos,
obedecieron y recibieron los varones religiosos que sus Altezas les enviaban
para que les predicasen y enseñasen nuestra Santa Fe y todos ellos de su libre,
agradable voluntad, sin premio ni condición alguna, se tornaron cristianos y lo
son, y sus Majestades los recibieron alegre y benignamente, y así los mandaron
tratar como a los otros súbditos y vasallos; y vosotros sois tenidos y
obligados a hacer lo mismo.
Por ende, como mejor podemos, os
rogamos y requerimos que entendáis bien esto que os hemos dicho, y toméis
para entenderlo y deliberar sobre ello el tiempo que fuere justo, y reconozcáis
a la Iglesia por señora y superiora del universo mundo, y al Sumo Pontífice,
llamado Papa, en su nombre, y al Emperador y Reina doña Juana, nuestros
señores, en su lugar, como a superiores y Reyes de esas islas y tierra firme,
por virtud de la dicha donación y consintáis y deis lugar que estos padres
religiosos os declaren y prediquen lo susodicho.
Si así lo hicieseis, haréis bien, y aquello que sois tenidos y obligados, y
sus Altezas y nos en su nombre, os recibiremos con todo amor y caridad, y os
dejaremos vuestras mujeres e hijos y haciendas libres y sin servidumbre, para
que de ellas y de vosotros hagáis libremente lo que quisieseis y por bien
tuvieseis, y no os compelerán a que os tornéis cristianos, salvo si vosotros
informados de la verdad os quisieseis convertir a nuestra santa Fe Católica,
como lo han hecho casi todos los vecinos de las otras islas, y allende de esto
sus Majestades os concederán privilegios y exenciones, y os harán muchas
mercedes.
Y si así no lo hicieseis o en ello maliciosamente pusieseis dilación, os certifico
que con la ayuda de Dios, nosotros entraremos poderosamente contra vosotros, y
os haremos guerra por todas las partes y maneras que pudiéramos, y os
sujetaremos al yugo y obediencia de la Iglesia y de sus Majestades, y tomaremos
vuestras personas y de vuestras mujeres e hijos y los haremos esclavos, y como
tales los venderemos y dispondremos de ellos como sus Majestades mandaren, y os
tomaremos vuestros bienes, y os haremos todos los males y daños que pudiéramos,
como a vasallos que no obedecen ni quieren recibir a su señor y le resisten y
contradicen; y protestamos que las muertes y daños que de ello se siguiesen sea
a vuestra culpa y no de sus Majestades, ni nuestra, ni de estos caballeros que
con nosotros vienen; y de como lo decimos y requerimos pedimos al presente
escribano que nos lo dé por testimonio signado, y a los presente rogamos que de
ello sean testigos.
Señalada del Conde, Doctor
Beltrán. Licenciado Carabajal. Licenciado Bernal, Licenciado Mercado de
Peñalosa.
Esta se despachó para el Marqués
don Francisco Pizarro en ocho de Marzo, de mil quinientos y treinta y tres,
cuando se le envió provisión para que pudiese continuar la conquista y
población de las provincias del Perú.
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